Home Consejos para tu carrera Guías Excedencia voluntaria: qué es, cómo pedirla y requisitos (2025)
Empleado deja el trabajo por excedencia voluntaria

Excedencia voluntaria: qué es, cómo pedirla y requisitos (2025)

Bianca Alves
Tiempo de lectura: 15 min

¿Necesitas un respiro en tu carrera? ¿Quieres darle una vuelta al mundo, montar ese proyecto que llevas años pensando o simplemente pulsar el botón de pausa? La excedencia voluntaria puede ser tu salvavidas laboral. Pero ojo, porque como en toda buena película de superhéroes, con grandes poderes vienen grandes responsabilidades (y un par de requisitos legales que debes conocer).

¡Te lo contamos todo sin rollos jurídicos innecesarios! Echa un vistazo.

Table of Contents

¿Qué es la excedencia voluntaria?

La excedencia voluntaria es básicamente cuando le dices a tu empresa: “Oye, necesito tomarme un tiempo sin trabajar, pero sin romper del todo la relación”. Es una suspensión temporal del contrato de trabajo que TÚ decides pedir, sin tener que dar explicaciones detalladas de por qué.

Durante ese tiempo:

  • No trabajas ni cobras.
  • Tu empresa no tiene que pagarte ni cotizar por ti.
  • El contrato queda en stand-by, no se rompe.
  • Conservas un derecho preferente a volver si surge una vacante.

Importante: No es una baja voluntaria ni un despido. Es un “nos vemos en un rato” legal y en toda regla.

Diferencias con otros tipos de excedencia

No todas las excedencias son iguales. Te lo ponemos en detalle:

  • Excedencia voluntaria: La pides tú, sin justificar el motivo. No hay reserva automática de tu puesto, solo derecho preferente si hay vacantes.
  • Excedencia por cuidado de hijos/as: Tienes hasta 3 años para cuidar de cada hijo/a. Los primeros 12 meses SÍ te reservan el puesto. Es más protegida.
  • Excedencia por cuidado de familiar: Similar a la anterior, pero hasta 2 años máximo. También tiene reserva de puesto el primer año.
  • Excedencia forzosa: Por cargos públicos, sindicales o de interés social. Te reservan el puesto y cuenta la antigüedad. Es la más pro del pack.

En resumen, la voluntaria es la más “freestyle”, la que menos protección tiene pero también la que menos explicaciones requiere.

¿Quién puede solicitar una excedencia voluntaria?

Aquí viene la primera condición importante: no todo el mundo puede pedir una excedencia voluntaria.

Antigüedad mínima necesaria

Para poder solicitar una excedencia voluntaria necesitas tener al menos 1 año de antigüedad en la empresa. Ni un día menos. Esto está regulado en el artículo 46.2 del Estatuto de los Trabajadores.

Si llevas 11 meses y 29 días, tu empresa puede decirte que no sin pestañear.

Tipo de contrato

Aunque el Estatuto de los Trabajadores menciona principalmente a trabajadores en general, en la práctica esto aplica tanto a contratos indefinidos como temporales, siempre que se cumpla el requisito de antigüedad.

Lo que sí debes tener en cuenta: si tu contrato temporal finaliza durante tu excedencia… pues se acabó la historia. No hay magia que prolongue un contrato que ya expiraba de todas formas.

Requisitos para pedir la excedencia voluntaria

Vale, ya sabes que necesitas un año de antigüedad. ¿Qué más?

Condiciones básicas para pedir la excedencia voluntaria

  1. Antigüedad de 1 año: Lo hemos repetido ya, pero es que es vital.
  2. Duración mínima de 4 meses: No puedes pedir una excedencia de 2 meses para irte de vacaciones largas. El mínimo legal son 4 meses.
  3. Duración máxima de 5 años: Puedes estar fuera hasta 5 años.
  4. Solicitud por escrito: Aunque no hay un formato oficial, es MUY recomendable que lo pongas por escrito (email, carta, burofax…).
  5. Preaviso razonable: Aunque la ley no marca un plazo específico, lo suyo es avisar con 15-30 días de antelación. Tu empresa lo agradecerá.

Documentación necesaria

La verdad es que no necesitas presentar un dossier de 40 páginas. Con una solicitud clara que incluya:

  • Tus datos y los de la empresa
  • Fecha de inicio deseada
  • Duración estimada de la excedencia
  • Firma y fecha

Ya está. No necesitas justificantes médicos, cartas de motivación ni nada por el estilo. Recuerda: es voluntaria, no tienes que explicar si te vas a buscar el sentido de la vida a la India o a ver series en pijama.

Duración de la excedencia voluntaria

La idea de la excedencia voluntaria es tener un hilo que te conecta a la empresa aunque no estés activo. Sin embargo, tampoco puede convertirse en vacaciones largas o tener un plazo indefinido.

Tiempo mínimo y máximo permitido

Como ya hemos mencionado:

  • Mínimo: 4 meses. Nada de excedencias express.
  • Máximo: 5 años. Tiempo más que suficiente para reinventarte varias veces.

Posibilidad de prórroga

No hay prórroga automática. Si llegas al final de tu excedencia y quieres más tiempo, técnicamente tendrías que solicitar una nueva excedencia voluntaria.

Pero ojo, porque si ya has agotado 5 años, tu empresa puede decirte que no. No están obligados a concederte otra ronda.

Además, entre una excedencia y otra es recomendable pasar un tiempo razonable (aunque la ley no especifica cuánto exactamente). Te lo recomendamos ya que lo ideal es tener una relación de confianza con la empresa. Y que no se te olvide: no están obligados a devolverte el mismo puesto cuando se termine el plazo (lo explicaremos en detalle a continuación).

Derechos del trabajador durante la excedencia voluntaria

Vale, te vas de excedencia. ¿Qué pasa contigo durante ese tiempo? Vamos a lo importante.

Conservación del puesto o derecho preferente de reincorporación

Aquí está la diferencia clave con otros tipos de excedencia: NO te reservan el puesto automáticamente.

Lo que SÍ tienes es un derecho preferente de reingreso. ¿Qué significa eso? Que si durante tu excedencia (o cuando vuelvas) hay una vacante de tu mismo grupo profesional o categoría equivalente, tu empresa está obligada a ofrecértela antes que a nadie de fuera.

Pero si no hay vacante, no pueden inventarse un puesto para ti. Puedes solicitar el reingreso y que te digan “ahora mismo no hay hueco”.

Derechos económicos y laborales (qué se mantiene y qué no)

Lo que NO tienes durante la excedencia:

  • Salario.
  • Cotización a la Seguridad Social por parte de la empresa.
  • Derecho a vacaciones.
  • Antigüedad que compute (esos meses no cuentan para tu antigüedad laboral).
  • Prestación por desempleo (no estás en situación legal de desempleo)

Lo que SÍ conservas:

  • El vínculo jurídico con la empresa (el contrato está suspendido, no extinto).
  • Derecho preferente a volver si hay vacantes.
  • Tu categoría profesional cuando vuelvas.

En resumen: estás en pausa total. Sin cobrar, sin cotizar, pero con la puerta entreabierta para volver.

¿Cómo solicitar la excedencia voluntaria paso a paso?

Vamos al grano. Esto es lo que tienes que hacer:

Paso 1: Prepara tu solicitud por escrito

Redacta un documento (puede ser un email formal o una carta) con:

Asunto/Título: Solicitud de excedencia voluntaria

Contenido:

  • Tus datos completos (nombre, DNI, puesto de trabajo).
  • Datos de la empresa.
  • Manifestación clara de que solicitas una excedencia voluntaria.
  • Fecha de inicio deseada.
  • Duración estimada (con fecha de fin aproximada).
  • Confirmación de que cumples con el requisito de antigüedad.
  • Tu firma y la fecha.

Paso 2: Envía la solicitud con preaviso

Lo ideal es que avises con al menos 15-30 días de antelación. No es obligatorio por ley, pero es de buena educación y ayuda a la empresa a organizarse.

Envíala por un medio que deje constancia: email con acuse de recibo, carta certificada, burofax, entrega en mano con sello de recibido…

Paso 3: Espera la respuesta

Tu empresa debe responder. No hay un plazo legal establecido, pero lo razonable es entre 5 y 15 días.

Si cumples los requisitos, no pueden negarte la excedencia. Estarían incumpliendo la ley.

Paso 4: Recibe la confirmación por escrito

La empresa debe confirmarte:

  • Aceptación de la excedencia.
  • Fecha de inicio y fin.
  • Condiciones de reincorporación (derecho preferente).
  • Efectos sobre tu contrato.

Modelos de solicitud

Modelo básico de solicitud:


Asunto: Solicitud de excedencia voluntaria

[Ubicación], [fecha de entrega de la carta]

Estimado/a [nombre del responsable de RRHH],

Por medio de la presente, yo, [Tu nombre completo], con DNI [tu DNI], trabajador/a de [nombre de la empresa] en el puesto de [tu puesto] desde [fecha de inicio en la empresa], solicito formalmente una excedencia voluntaria conforme a lo establecido en el artículo 46.2 del Estatuto de los Trabajadores.

La excedencia solicitada tendría una duración de [X meses/años], con inicio el [fecha de inicio] y finalización aproximada el [fecha de fin].

Confirmo que cumplo con el requisito de antigüedad mínima de 1 año en la empresa, y quedo a la espera de su respuesta para proceder con los trámites necesarios.

Atentamente,

[Tu firma] [Tu nombre]


Copia, pega, personaliza y listo.

¿Se puede trabajar en otra empresa durante la excedencia voluntaria?

Esta es la pregunta del millón. Y la respuesta es: SÍ, en general puedes trabajar en otra empresa.

La excedencia voluntaria suspende tu contrato con tu empresa actual, pero no te prohíbe trabajar en otro sitio. De hecho, es bastante común: gente que pide excedencia para probar otro sector, para emprender, para trabajar en el extranjero…

Compatibilidades e incompatibilidades legales

Puedes trabajar en otra empresa SI:

  • No tienes un pacto de exclusividad firmado con tu empresa actual.
  • No estás en una situación de competencia desleal (trabajar para la competencia directa usando información privilegiada).
  • No incumples ninguna cláusula específica de tu contrato.

NO puedes (o te arriesgas a problemas) SI:

  • Firmaste un pacto de no competencia.
  • Trabajas para un competidor directo usando información confidencial de tu empresa.
  • Tu contrato incluye cláusulas específicas de exclusividad.

Casos en los que puede ser motivo de conflicto

Imagina que trabajas en el departamento de logística de una empresa de construcción y pides excedencia para irte a trabajar a la competencia directa en el mismo puesto. Tu empresa podría alegar competencia desleal y tener problemas legales contigo.

O si tienes un pacto de exclusividad firmado (más común en directivos o puestos muy especializados) y te pillan trabajando en otro lado, también habría conflicto.

Consejo pro: Si vas a trabajar en otra empresa durante tu excedencia, asegúrate de:

  1. Revisar tu contrato original por si hay cláusulas restrictivas.
  2. Elegir un sector o empresa que no compita directamente con tu empleador.
  3. No usar información confidencial de tu empresa en tu nuevo trabajo.

La mayoría de las veces no hay problema. Pero más vale prevenir.

Diferencia entre excedencia voluntaria y excedencia forzosa

A ver, estas dos son primas hermanas pero con vidas muy diferentes.

Excedencia voluntaria

  • La pides tú: Sin necesidad de justificar el motivo específico.
  • Antigüedad necesaria: 1 año mínimo.
  • Reserva de puesto: NO (solo derecho preferente).
  • Antigüedad durante la excedencia: NO cuenta.
  • Cotización: NO hay.

Excedencia forzosa

  • Por qué se pide: Cargos públicos, sindicales o funciones de interés social.
  • Antigüedad necesaria: NO se requiere mínimo.
  • Reserva de puesto: SÍ, totalmente.
  • Antigüedad durante la excedencia: SÍ cuenta.
  • Cotización: Depende del cargo, pero suele mantenerse.

Cuándo aplica cada una

Excedencia forzosa es para situaciones muy concretas: te eligen diputado/a, concejal/a, delegado/a sindical con liberación total, cooperante en ONGs reconocidas…

Excedencia voluntaria es para todo lo demás: viajar, emprender, cuidar de alguien sin que sea familiar directo, estudiar, buscarte a ti mismo/a, hartarte de tu trabajo por un tiempo…

Consecuencias en la relación laboral

Con la excedencia forzosa, tu puesto te espera como un perro fiel. Vuelves y tu silla sigue ahí, con tu nombre grabado.

Con la excedencia voluntaria, tu silla puede estar ocupada. Tienes que tocar a la puerta y esperar a que haya un hueco libre de tu categoría.

La forzosa es mucho más protectora, pero también mucho más restrictiva en cuanto a cuándo puedes pedirla.

Preguntas frecuentes sobre la excedencia voluntaria

¿Puedo volver antes del plazo que solicité?

Respuesta corta: Depende de tu empresa.

Respuesta larga: Legalmente, tú solicitas una excedencia con una duración determinada. Si quieres volver antes, tendrías que pedir la reincorporación anticipada. La empresa NO está obligada a readmitirte antes si no hay vacante disponible, pero si hay una vacante de tu categoría, tienen que ofrecértela a ti preferentemente.

En la práctica, si tu empresa te quiere de vuelta y hay hueco, no suele haber problema. Pero no es un derecho automático.

¿Qué pasa si la empresa no me readmite cuando termina mi excedencia?

Si solicitas el reingreso al finalizar tu excedencia y no hay vacantes de tu grupo profesional, la empresa puede legítimamente decirte que no. Esto NO es un despido ni te corresponde indemnización.

Eso sí, deben comunicártelo por escrito y de forma justificada (básicamente: “no hay vacantes disponibles de tu categoría”).

Tu derecho preferente sigue activo, así que si en el futuro surge una vacante, están obligados a ofrecértela antes que a candidatos externos.

¿Cotizo a la Seguridad Social durante la excedencia voluntaria?

NO. Durante la excedencia voluntaria:

  • Tu empresa no cotiza por ti.
  • Tú no cotizas por cuenta propia (a menos que te des de alta como autónomo/a por otro trabajo).
  • Esos meses NO cuentan para tu vida laboral de cara a la jubilación.
  • NO tienes derecho a prestación por desempleo al finalizar la excedencia (porque no has sido despedido/a).

Si trabajas en otra empresa durante la excedencia, ESA empresa sí cotizaría por ti. Pero de tu empresa original, ni un euro.

¿Puedo pedir otra excedencia después de reincorporarme?

Sí, pero con matices. Después de una excedencia voluntaria, no puedes pedir otra hasta que haya pasado un tiempo prudencial (generalmente se entiende que deben pasar al menos 4 años entre una y otra).

Además, si ya agotaste los 5 años máximos, tu empresa puede negarte una nueva excedencia.

¿Y si durante mi excedencia la empresa cierra o hay un ERE?

Si la empresa desaparece o hace un ERE mientras estás de excedencia, técnicamente sigues siendo trabajador/a (el contrato está suspendido, no extinto). Deberías estar incluido/a en el proceso de despido colectivo y tendrías derecho a la indemnización correspondiente.

En caso de cierre definitivo, también tendrías derecho a tu liquidación.

¿Puedo cobrar el paro durante la excedencia?

NO. La excedencia voluntaria no es una situación legal de desempleo. Tú decides suspender tu contrato, así que no tienes derecho a prestación.

Si al finalizar la excedencia no te reincorporas (porque no hay vacantes), TAMPOCO tendrías derecho al paro, porque no ha habido un despido.

El paro solo lo cobras si te despiden estando en activo o si tu contrato temporal finaliza (y cumples los requisitos de cotización).

Conclusión: ¿cuándo conviene pedir una excedencia voluntaria?

Después de todo este rollo (informativo, eso sí), la pregunta es: ¿cuándo realmente tiene sentido pedir una excedencia voluntaria?

Situaciones en las que ES buena idea:

1. Tienes un proyecto claro que necesita tiempo: Montar tu negocio, formarte en algo específico, escribir un libro, hacer un voluntariado internacional…

2. Necesitas un reset mental: Estás quemado/a pero no quieres romper del todo con tu empresa. Una excedencia puede ser ese respiro que necesitas.

3. Quieres probar otro sector: Te ofrecen un trabajo temporal en otro campo y quieres probarlo sin renunciar definitivamente a tu puesto actual.

4. Tienes algo que cuidar que no entra en otras excedencias: Cuidar de un familiar que no sea hijo/a o familiar directo, una situación personal compleja…

5. Tu empresa es buena contigo: Si tienes buena relación con tu empresa y crees que valorarán tu reincorporación futura, es menos arriesgado.

Situaciones en las que MEJOR NO:

1. No tienes colchón económico: Vas a estar meses o años sin cobrar ni cotizar. Si no tienes ahorros o ingresos alternativos, lo vas a pasar mal.

2. Tu sector está en crisis: Si pides excedencia en un momento en que no hay trabajo en tu sector, el derecho preferente de reingreso vale de poco.

3. Tu puesto es muy específico y difícil de recuperar: Si tienes un puesto único en la empresa, es más probable que cuando vuelvas no haya una vacante equivalente.

4. Quieres cobrar el paro: Si lo que buscas es un descanso económicamente cubierto, la excedencia NO es la opción. Mejor negociar una baja voluntaria con acuerdo o buscar otras alternativas.

5. Solo quieres unas vacaciones largas: Para eso están las vacaciones normales o los permisos no retribuidos (de menor duración). La excedencia es algo más serio.

Reflexión final

La excedencia voluntaria es una herramienta laboral potente, pero no es para todo el mundo ni para cualquier momento. Es como el botón de pausa de tu vida laboral: útil cuando realmente lo necesitas, pero no algo para usar a la ligera.

Si cumples los requisitos, tienes claro para qué la quieres, puedes permitírtela económicamente y tu situación profesional lo permite… adelante. Puede ser una de las mejores decisiones de tu carrera.

Pero si tienes dudas, analiza bien tu situación. Habla con tu empresa (a veces se pueden negociar reducciones de jornada, permisos no retribuidos más cortos u otras opciones). Y sobre todo, ten un plan B por si la reincorporación no sale como esperas.

La vida laboral es larga. A veces, hacer una pausa estratégica es la mejor forma de seguir adelante con más fuerza.

¿Estás pensando en pedir una excedencia voluntaria? Ya tienes toda la info. Ahora toca tomar la decisión. Y recuerda: con grandes excedencias vienen grandes responsabilidades (y también grandes oportunidades).