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Joven en contrato de formación en alternancia y su tutor

Contrato de Formación en Alternancia: la guía completa

Bianca Alves
Tiempo de lectura: 9 min

El contrato de formación en alternancia es una excelente opción para jóvenes que buscan combinar estudios y experiencia laboral. También es conocido como contrato de formación y aprendizaje o contrato dual. En este artículo, te explicaremos en qué consiste este tipo de contrato, cómo funciona y cuáles son sus beneficios.

¿Qué es un contrato de formación en alternancia?

El contrato de formación en alternancia es un acuerdo laboral que permite a los jóvenes, generalmente entre 16 y 30 años, compaginar la formación teórica en un centro educativo con la práctica en una empresa. Este tipo de contrato busca facilitar la inserción laboral de los jóvenes, ofreciéndoles la oportunidad de adquirir experiencia y habilidades en su área de estudio mientras reciben una formación específica.

Principales Características del Contrato de Formación

A continuación, destacamos las características principales del contrato de formación en alternancia.

  • Doble formación: Los trabajadores reciben formación teórica en un centro educativo y formación práctica en la empresa, lo que les permite aplicar sus conocimientos de manera directa.
  • Duración: Este contrato suele tener una duración de entre tres meses y dos años, lo que brinda un tiempo suficiente para adquirir experiencia significativa en el ámbito laboral.
  • Salario reducido: Los jóvenes contratados bajo este régimen suelen recibir un salario inferior al del convenio colectivo, aunque deben percibir al menos el salario mínimo interprofesional.
  • Tutorización: La empresa debe asignar un tutor que supervise y guíe al joven en su formación, asegurando que se cumplan los objetivos educativos y laborales.
  • Incentivos para empresas: Las empresas que contratan a jóvenes en formación pueden beneficiarse de bonificaciones en las cuotas de la seguridad social, lo que puede hacer esta opción más atractiva.

Requisitos del contrato de formación en alternancia

Para poder beneficiarse del contrato de formación en alternancia, tanto los empleados como los empleadores deben cumplir con ciertos requisitos. ¡Te los detallamos!

Para los empleados:

  • Edad: Los trabajadores deben tener entre 16 y 30 años, siendo 16 años la edad mínima para trabajar en España.
  • Formación: Deben estar inscritos en un programa de formación, ya sea en un centro educativo o en una institución de formación profesional. La formación debe estar relacionada con el puesto de trabajo que se va a desempeñar.
  • Disponibilidad: El joven debe estar dispuesto a alternar entre la formación teórica y la práctica en la empresa.

Para los empleadores:

  • Registro: Las empresas deben estar registradas en la Seguridad Social y cumplir con las normativas laborales vigentes.
  • Compromiso de formación: Deben garantizar que el trabajador reciba la formación adecuada, asignando un tutor que supervise su aprendizaje y se asegure de que cumpla con los objetivos establecidos.
  • No ser un puesto de trabajo habitual: No se puede utilizar este contrato para cubrir necesidades permanentes de la empresa, sino para formar a nuevos talentos en el marco de una capacitación.

Limitaciones de este tipo de contrato

Aunque el contrato de formación en alternancia presenta muchas ventajas, también tiene ciertas limitaciones que es importante tener en cuenta:

  • Duración: Este tipo de contrato está limitado en el tiempo, generalmente entre tres meses y dos años. Una vez finalizado, el trabajador no tiene garantizada la continuidad en la empresa.
  • Salario reducido: Aunque se establece un salario mínimo, este suele ser inferior al de un contrato ordinario.
  • Requisitos específicos: Tanto empleados como empleadores deben cumplir con ciertos criterios, lo que puede complicar la contratación y el acceso a este tipo de contratos.
  • Tutorización obligatoria: La empresa debe proporcionar un tutor, lo que puede suponer una carga adicional para aquellas que no estén preparadas para asumir esta responsabilidad.

¿Quién puede trabajar con un contrato de formación?

El contrato de formación en alternancia está diseñado principalmente para jóvenes que buscan integrar su educación con la experiencia laboral. A continuación, explicamos las condiciones necesarias para poder acceder a este tipo de contrato:

  • Jóvenes de 16 a 30 años. Para personas con discapacidad o en situación de exclusión social, no hay límites de edad.
  • Los trabajadores deben estar matriculados en un programa de formación, ya sea en una institución educativa formal o en un centro de formación profesional. La formación debe estar alineada con el puesto que van a desempeñar.
  • Los trabajadores no pueden haber tenido un contrato formativo previo en el mismo nivel formativo o sector.

Cuánto se cobra en un contrato de formación

El salario de un trabajador con un contrato de formación en alternancia debe estar alineado con lo estipulado en el convenio colectivo del sector correspondiente. No obstante, todos los trabajadores bajo este tipo de contrato deben recibir, al menos, el salario mínimo interprofesional (SMI), que se sitúa en 15.876 euros anuales, distribuidos en 14 pagas de 1.134 euros.

Es fundamental considerar que el salario puede verse influenciado por la proporción de horas dedicadas al trabajo en comparación con el tiempo invertido en la formación. Para detallar esto:

  • Durante el primer año del contrato: se establece que el 65% del tiempo se destina al trabajo y el 35% a la formación.
  • En el segundo año: la distribución cambia a un 85% de jornada laboral y un 15% de formación.

Estos porcentajes pueden afectar el sueldo que llega a corresponder al tiempo dedicado al trabajo.

Es importante tener en cuenta que, en algunos sectores, los convenios colectivos pueden establecer salarios específicos para los contratos de formación, que podrían ser superiores al SMI, ofreciendo una mejor remuneración.

Diferencias entre contrato de formación y de prácticas

La principal diferencia entre el contrato de formación y el contrato de prácticas radica en su finalidad. Mientras que el contrato de prácticas se centra en la aplicación práctica de estudios ya completados, el contrato de formación busca ampliar tanto los conocimientos teóricos como prácticos del trabajador en un sector en el que aún no está plenamente capacitado.

También hay diferencias significativas en cuanto a la remuneración. En el caso del contrato de prácticas, el salario se establece según lo estipulado en el convenio colectivo correspondiente, sin que sea inferior al SMI.

En cambio, en los contratos de formación, la remuneración puede verse afectada por el porcentaje de horas dedicadas al trabajo en relación con el tiempo destinado a la formación, lo que puede resultar en un salario más variable.

Para los empleadores, ambos contratos ofrecen incentivos para las empresas, pero el contrato de formación incluye bonificaciones más amplias en las cotizaciones de la Seguridad Social, lo que lo convierte en una opción atractiva para empleadores que desean formar a nuevos talentos desde cero.

Ventajas para trabajadores

La principal ventaja del contrato de formación en alternancia para los empleados es la posibilidad de adquirir formación en un nuevo sector mientras se trabaja en él.

Además, este tipo de contrato es una puerta de entrada al mercado laboral para aquellos que no cuentan con experiencia previa o que no han tenido la oportunidad de realizar estudios superiores antes de comenzar a trabajar.

La ley también establece la obligación de contar con un tutor dentro de la empresa, lo que potencia el proceso de aprendizaje.

Por último, un contrato de formación permite recibir un salario mientras se está en proceso de aprendizaje, a diferencia de algunas prácticas o trabajos no remunerados.

Ventajas para empleadores

Una de las principales ventajas es la reducción de costes laborales. A continuación, presentamos una lista de ventajas para las empresas.

  • Reducción de las cuotas empresariales a la Seguridad Social: las empresas con menos de 250 trabajadores tienen sus cuotas reducidas al 100%. Para empresas más grandes, la reducción es del 75%.
  • Bonificación para financiar los costes de tutorización de la empresa entre 60 y 80 euros mensuales.
  • Al transformar un trabajador en formación a indefinido, la empresa puede recibir una bonificación durante 3 años (128€ mensuales para hombres y 147€ mensuales para mujeres)
  • Formar a sus nuevos empleados de acuerdo con sus necesidades específicas, garantizando que el trabajador adquiera las habilidades y conocimientos necesarios para el puesto

Preguntas Frecuentes

Contestamos algunas preguntas frecuentes acerca de los contratos de formación en alternancia. ¡Echa un vistazo!

¿Cuántas prórrogas puede tener un contrato de formación?

Las prórrogas solo son posibles si el contrato inicial no supera los 24 meses (2 años). Sin embargo, es importante que la prórroga se realice únicamente cuando el empleado no haya completado la formación correspondiente a su ocupación. Además, el tiempo total del contrato, incluyendo las prórrogas, no puede exceder los 2 años.

¿Qué pasa cuando se acaba un contrato de formación?

Al finalizar un contrato de formación, la empresa tiene la opción de contratar al trabajador, ya sea mediante un contrato indefinido o un contrato temporal. Si el empleador decide no renovar el contrato, el trabajador puede comenzar a buscar nuevas oportunidades en el mercado laboral, aprovechando la experiencia y las habilidades adquiridas durante su formación.

¿Tengo derecho al paro por terminar un contrato de formación?

Sí, al concluir un contrato de formación, el trabajador tiene derecho a solicitar la prestación por desempleo, siempre que cumpla con los requisitos establecidos por la ley. Es fundamental haber cotizado lo suficiente durante el tiempo de duración del contrato y haber trabajado al menos 360 días en los últimos seis años.

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