Gerencia de la Fundación Real Escuela Andaluza del Arte Ecuestre
hace 17 horas
Jerez
ph3Información general /h3 pTipo de convocatoria /p pPerfil del puesto de trabajo /p pDenominación del puesto /p pGerencia de la Fundación Real Escuela Andaluza del Arte Ecuestre /p pFundación Real Escuela Andaluza de Arte Ecuestre /p pEstado del proceso /p pConcluido /p pFecha de publicación /p pPlazo de solicitud /p pNúmero de plazas /p pLugar de trabajo /p pJerez de la Frontera(Cádiz) /p pTipo de contrato /p pTitulación oficial requerida /p pGrado Universitario/ Licenciatura e Ingenierías/ Diplomaturas e Ingenierías Técnicas /p pPara ser admitidas a la realización del proceso selectivo, las personas aspirantes deberán cumplir en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, con los siguientes requisitos mínimos: /p ul lia) Poseer titulación de Licenciatura, Grado u otro título equivalente. /li lib) Experiencia en competencias directivas. /li lic) Experiencia en gestión de recursos humanos. /li lid) Conocimientos en el ámbito ecuestre. /li lie) Cumplir los requisitos generales para poder participar en los procesos selectivos: ul li- Ser español/a o poseer la nacionalidad de alguno de los estados miembros de la Unión Europea, para cuyos ciudadanos, a tenor de la legislación vigente, no sea preceptiva la autorización de permiso de trabajo y residencia expedida por el Órgano Administrativo nacional competente. /li li- Tener, al menos, 18 años de edad y no exceder la edad ordinaria de jubilación establecida legalmente. /li li- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. /li /ul /li li- Los requisitos b), c) y d) se acreditarán con una declaración responsable con el detalle de las funciones realizadas y períodos de realización, expresiva de la experiencia, dominios y conocimientos. /li /ul h3Funciones /h3 pSe le encomiendan las siguientes funciones: /p ul lia) Tramitar, gestionar y ejecutar los acuerdos adoptados por el Patronato o el Comité Ejecutivo. /li lib) Presentar al Comité Ejecutivo los proyectos, iniciativas y estudios que considere de interés para los fines del Patronato. /li lic) La jefatura superior de todo el personal de la Fundación. /li lid) Contratar al personal, de acuerdo con los criterios de selección aprobados por el Comité Ejecutivo, dentro de las estructuras y plantillas aprobadas por el propio Comité. Será necesaria la previa autorización de la persona titular de la Presidencia del Comité Ejecutivo para toda contratación de personal de duración superior a tres meses, y la mera comunicación en los demás casos, previo Informe cuando proceda de la Consejería competente en materia de entidades instrumentales. /li lie) Adquirir, por cualquier título, bienes y derechos, de importe inferior a trescientos mil euros. /li lif) Enajenar bienes muebles y semovientes cuyo valor sea inferior a trescientos mil euros. /li lig) Contratar obras, suministros y servicios de importe inferior a trescientos mil euros. /li lih) Acordar, previa autorización de la Consejería competente en materia de Hacienda, operaciones de endeudamiento de importe inferior a trescientos mil euros. /li lii) Suscribir contratos de espectáculos, giras y demás contratos de arrendamientos de servicios e instalaciones, según los precios establecidos por el Comité Ejecutivo. /li lij) Suscribir los convenios y protocolos generales de actuación necesarios o convenientes para el cumplimiento de los fines de la Fundación, salvo que por razón del objeto o fines de los mismos, la persona titular de la presidencia de la Fundación considerara necesario u oportuno arrogarse tal facultad. /li lik) Recaudar los ingresos, formalizar los gastos y realizar los pagos. Asimismo, le corresponderá la custodia de los ingresos y caudales de la Fundación y la firma de los recibos y resguardos de ingreso. /li lil) Rendir cuentas al Comité Ejecutivo de los estados de caja y de la situación económica de la Fundación, así como de sus posibilidades financieras. /li lim) Elaborar los presupuestos de explotación y de capital, así como el programa de actuación, inversión y financiación. /li lin) Elaborar las cuentas anuales. /li liñ) Elaborar el plan de actuación, el inventario de bienes, derechos y obligaciones que compongan el patrimonio de la Fundación y la liquidación del presupuesto de gastos e ingresos del ejercicio económico anterior. /li lio) Asistir a las sesiones del Patronato, cuando sea requerido para ello, y asistir a las sesiones del Comité Ejecutivo. /li lip) Representar a la Fundación en juicio y fuera de él; ejercitar todas las acciones y excepciones que correspondan a la Fundación, interponiendo los recursos que procedan. /li liq) Conferir y revocar poderes generales o especiales. /li lir) Desempeñar cualesquiera otras funciones precisas para la gestión ordinaria o administrativa de las actividades de la Fundación. /li lis) Todas aquellas otras facultades o atribuciones que le sean expresamente delegadas por el Comité Ejecutivo en los términos previstos en el artículo 21.2 y que sean necesarias o convenientes para la consecución de los fines fundacionales. /li /ul /p #J-18808-Ljbffr